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Te informamos del amplio espectro de posibilidades y beneficios que atesora el Cannabis Medicinal.
Sí, cultivar cannabis y cáñamo industrial en las Islas Canarias es legal, siempre y cuando se cuente con una licencia de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (A.E.M.P.S).
Una licencia administrativa consiste en una autorización que la Administración confiere a una entidad o particular que pretenda realizar una actividad determinada y clasificada, una vez que el interesado haya acreditado el cumplimiento de una serie de requisitos impuestos por dicha Administración.
La licencia para el cultivo de cannabis o cáñamo industrial puede ser solicitada por cualquier persona o empresa que cumpla con los requisitos exigidos por la Agencia Española del Medicamentos y Productos Sanitarios.
Los requisitos fundamentales para solicitar una licencia de cultivo de cannabis pasan por informar a la Administración sobre la finalidad del cultivo, las parcelas y superficie a cultivar, el destino que se dará al total de la producción, así como acreditar unas efectivas las medidas de seguridad.
El Archipiélago canario, debido a su condición insular y de lejanía geográfica de Europa, así como a la escasez de recursos naturales, ha contado con un tratamiento singular tanto en el ámbito administrativo como en el económico y fiscal, desde el siglo XVI tras su incorporación a la Corona de Castilla. Estos derechos se tradujeron en el siglo XIX en un sistema librecambista, con los denominados Puertos Francos; un régimen fiscal basado en la libertad comercial de importación y exportación, en franquicias aduaneras y, además, en la existencia de impuestos locales.
El sistema librecambista de los puertos francos fue evolucionando y las medidas específicas para promover el desarrollo económico y social de las Islas se plasmaron en 1972 en la Ley del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias.
La Constitución Española de 1978 reconoce la existencia en Canarias de un régimen especial para las islas.
Las Ventajas fiscales y económicas más interesantes en lo referente a esta industria son:
Tarifa Especial del Arbitrio Insular a la Entrada de Mercancías.
Impuesto General Indirecto Canario.
Reserva para inversiones (RIC).
"Zona Especial Canaria" (ZEC).
Configurándose un régimen fiscal especial con baja tributación, que beneficia a todas aquellas empresas que quieran desarrollar su actividad en Canarias.
Se conoce como la R.I.C a la Reserva de Inversiones en Canarias, una figura fiscal cuyo objetivo es estimular la autofinanciación de las empresas que decidan desarrollar su actividad en Canarias, a través de un beneficio fiscal muy interesante: permite reducir la base imponible, hasta un 90% de los Beneficios No Distribuidos (BND) en el Impuesto sobre Sociedades por el importe que los establecimientos situados en Canarias destinen de sus beneficios a la dotación de la Reserva para Inversiones en Canarias.
La Zona Especial Canaria o Zona Z.E.C, es un espacio de baja tributación que permite acceder a una serie de beneficios fiscales como son, por ejemplo, la reducción del tipo impositivo del Impuesto Sobre Sociedades al 4%, exenciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados, así como en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
Las Zonas Francas son áreas acotadas parte del territorio aduanero comunitario, donde se procede al almacenamiento, transformación y distribución de mercancías sin aplicación de gravámenes, aranceles ni impuestos indirectos. Podemos encontrar Zonas Francas en el puerto de Santa Cruz de Tenerife, el puerto de la Luz, el puerto de Las Palmas, y el puerto de Arinaga.
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